En relación a la nota/denuncia formulada por la COMISION DIRECTIVA del CLUB UNION DEVOTO SOCIAL ALLENDE con fecha 01/12/10, por supuestos “hechos de corrupción en EL FUTSAL” endilgando al suscripto su autoría, hago saber a la comunidad total de FUTSAL, lo siguiente:
1) En dicha denuncia no se ha explicitado cuales son en concreto los supuestos “hechos de corrupción” con los que el denunciante tituló la nota.
2) El autor de la denuncia, subrepticiamente, ocultó a la COMUNIDAD DE FUTSAL que el Club Social Allende poseía, previo al partido con America del Sud 9 (nueve) AMONESTACIONES y que con 10 (DIEZ) AMONESTACIONES corresponde la automática desafiliación.
3) Ocultó también que esas 9 (NUEVE) AMONESTACIONES fueron por faltas gravísimas legisladas en el Reglamento, a saber conforme el siguiente detalle: 1 (UNA) amonestación por abandonar el juego (art. 106 del R.D); 4 (CUATRO) AMONESTACIONES por no presentación de sus categorías; y 3 (TRES) amonestaciones por jugar un encuentro con jugadores NO HABILITADOS.
4) Resulta paradójico que el autor de esa denuncia solicite la comprensión de los restantes clubes y se victimice ante ellos, siendo los mismos clubes a los que intentó perjudicar vulnerando la buena fe de los rivales al utilizar jugadores no habilitados, entre otras artimañas.
5) El club denunciante también olvidó mencionar en la nota, que el Tribunal de Disciplina, en el mes de abril 2010, le aplicó una multa por haber utilizado jugadores NO HABILITADOS equivalente a 500 entradas ($ 5.000,00). Que siendo imposible que el Club Social Allende pudiera cumplir con el pago de dicha multa en corto plazo, y a pedido del club sancionado, quien suscribe la presente, Dr. Daniel Schwartz, gestionó que el club Social Allende cancele la multa en un plan de pagos con vencimiento al mes de diciembre. Petición que permitió que Social Allende pudiera jugar el torneo hasta el presente.
6) Se denuncia en la nota que la Comisión aplica un Reglamento no contemplado en el Estatuto de la Asociación del Fútbol Argentino. Esta es otra de las tantas falacias que el Club Social Allende refiere. El Reglamento del Torneo Futsal AFA fue aprobado por el COMITÉ EJECUTIVO de la AFA (BOLETIN 4373) por lo que no se entiende cual es la base de esta nueva mentira.
7) Quizás moleste al Club Social Allende que este Reglamento establezca normas deportivas que dicha entidad no cumplimentó y que según las sanciones dispuestas corresponda la desafiliación del club incumplidor.
8) Si un club computa 10 (DIEZ) AMONESTACIONES, debe ser desafiliado. Esto lo saben TODOS LOS CLUBES que disputan el Torneo Futsal 2010. Y la Comisión de Futsal habitualmente le informa al Tribunal de Disciplina que clubes poseen amonestaciones, cantidad y origen de las mismas. Eso fue lo que ocurrió esta semana luego de la reunión habitual de la Comisión de Futsal de los días Martes en relación al Club Allende: se le informó al Tribunal la situación de este Club tras la suspension del partido con America del Sud. Eso no afecta la resolución que dictará el más Alto Tribunal deportivo respecto a dicho partido.
9) Por ello no se entiende que el denunciante hable en su denuncia de “trama secreta” o “actitud vil” o “bajeza terrible”, o “intento de presión en contra del Tribunal de Disciplina”, o de “ hecho mafioso”. Considero que cumplir con el Reglamento dista mucho de configurar un “hecho mafioso”.
10) Por todo ello se le enviará una carta documento a fin que el club UNION DEVOTO SOCIAL ALLENDE rectifique o ratifique las injurias y calumnias vertidas en mi contra.
Atte. Dr. Daniel Schwartz
Abogado
Miembro de la Comisión de Futsal
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